Instalan antenas de telefonía celular a pocos metros de centros de salud para enfermos de cáncer.
(168 Horas – INFOCÍVICA - miércoles 19 de septiembre de 2007)
Dos antenas de telefonía celular avanzan, amenazantes, sobre los pobladores del barrio Villa Amaducci, de Bahía Blanca. Mientras tanto, la denuncia de los vecinos deambula por los tribunales de la provincia de Buenos Aires. En el medio, la normativa que los aparaba y les daba la razón es modificada por la Secretaría de Política Ambiental provincial. Pero los reclamos siguen, avalados por principios constitucionales.
La demanda fue realizada a fines del año pasado por la Sociedad de Fomento barrial, con el asesoramiento jurídico de la Red de Abogados Voluntarios de la Fundación Poder Ciudadano. Y se basó en la resolución 900/05 de la Secretaría de Política Ambiental, que prohibía “la radicación de instalaciones generadoras de campos electromagnéticos en el rango de frecuencias mayor a 300 KHZ en un radio menor o igual a 100 metros de los siguientes lugares: espacios verdes públicos, lugares históricos, hospitales, centros de salud, institutos de diagnóstico y/o tratamiento, clubes deportivos, jardines de infantes, escuelas, colegios, universidades, geriátricos, estaciones de servicio de combustibles y/o depósito de combustibles, playas de maniobras de camiones transportadores de combustibles o sustancias explosivas, depósitos de explosivos”.
En efecto, las dos antenas (de CTI y Movistar en este caso) se ubican a menos de 100 metros de distancia de la misma Sociedad de Fomento barrial (que dispone de salas médicas), de la Asociación Ayuda-Le (un centro de salud para enfermos con leucemia y cáncer), y de un predio de la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer, en el que se prevé construir casas para enfermos. También están cerca el Pequeño Cottolengo José Nascimbeni, un surgente de agua potable y la plaza Capitán Luciano Guadagnini, donde se desarrollan actividades para los niños que juegan allí diariamente. Y, si alguna enfermedad tiene contraindicada la acción de las antenas emisoras-receptoras de microondas es, precisamente, el cáncer, y específicamente la leucemia.
Pero algo se interpuso en la demanda. En febrero de este año, la Secretaría de Política Ambiental provincial dejó sin efecto la resolución en la que se basa la denuncia, a través de otra resolución: la 144/07. La demanda de la Sociedad de Fomento interpone una acción de Protección y Reparación Ambiental contra las empresas mencionadas, pero también contra la Municipalidad de Bahía Blanca y la Secretaría de Política ambiental de la provincia de Buenos Aires, con el fin de obtener el desmantelamiento y el retiro de las antenas. Sucede que antes de realizar la demanda, la Sociedad de Fomento barrial realizó múltiples reclamos ante el municipio de Bahía Blanca, que respondió, en mayo de 2006, que iba a elevar el informe a la Secretaría de Política Ambiental. Y lo hizo, en agosto de ese mismo año, sin obtener respuesta alguna.
La demanda, entonces, fue interpuesta ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de Bahía Blanca, que entendió, luego de anulada la resolución en la que se basaba el reclamo, que no estaba científicamente comprobado que las radiaciones afectaran la salud de las personas. “El Juez dicta resolución aplicando los clásicos principios de las medidas cautelares y, olvidando el principio precautorio, declara que es prematura una resolución de cese de las actividades causantes del daño al ambiente y a la salud. Para desestimarla, el juez ha tenido presente la resolución 144/07, que dejó sin efecto las pautas de la 900/5”, explicó Manuel Sáez, abogado de la Red de Abogados Voluntarios de Poder Ciudadano que patrocinó la demanda.
Sin embargo, la demanda también se basa en principios constitucionales, tanto de la Constitución provincial como de la nacional. “No obstante, no hay que olvidar que aún cuando no existiese la resolución 900/05, siendo peligrosas dichas instalaciones, accionamos para que se decrete el cese definitivo de la irradiación en los términos de los artículos 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución Provincial, ambos ‘vigentes’ y aplicables en autos”, establece el texto de la demanda. Por esa razón, Sáez destaca que ahora siguen en la búsqueda de declarar inconstitucional la resolución 144/07. Ambos artículos constitucionales se refieren, precisamente, al derecho a un ambiente sano apto para el desarrollo humano.
Según consta en la demanda, sólo en los últimos dos años, en un radio de 150 metros alrededor de las antenas, “se registraron tres casos de personas jóvenes sanas que enfermaron de cáncer y hoy están todas fallecidas”. Y agrega que “también se pueden apreciar árboles secos en ese lugar”.
Y destaca que las antenas ubicadas sobre las torres (una torre autosoportada de 60 metros y otra torre autosoportada de 35 metros) “se caracterizan por la emisión de radiaciones electromagnéticas no ionizantes que son causantes de diversos males para la salud y el medio ambiente”. Así, denuncia que “la exposición a distancias cortas de estos artefactos produce el calentamiento de los tejidos humanos y es toxicogénico, por eso se encuentra absolutamente prohibida la exposición de las personas a su irradiación incluso en los países más avanzados”. Sáez agrega: “La resolución 900/05 representaba un avance de la provincia en materia de radiación de microondas, existente ya en Estados Unidos y en Europa. Y de repente retrocede y vuelve al estado anterior”.
Para mayor información, comunicarse con Manuel Sáez, abogado de la Red de Abogados Voluntarios de Poder Ciudadano, al (0291) 452-9096.
lunes, 24 de septiembre de 2007
Más casos en Bahía Blanca
martes, 18 de septiembre de 2007
Telefónica incumple los contratos
Los residentes demandan a la operadora por no retirar la estación de telefonía
JOSE A. RICO
La Comunidad de Propietarios del edificio Puerta Grande de El Campello ha presentado en los tribunales una demanda contra Telefónica Móviles, en la que denuncian que esta operadora lleva un año emitiendo sin permiso desde la antena que instaló en el inmueble hace ya once años.
Según explican en el escrito presentado ante el Juzgado de Primera Instancia de San Vicente del Raspeig, el 1 de septiembre de 2006 expiró el contrato con la operadora de telefonía, que no era prorrogable, y los vecinos acordaron no renovarlo, comunicando con más de cuatro meses de antelación - el 27 de abril de 2006 - esta decisión, un tiempo que consideran más que suficiente.
Tal y como ya informó este medio, los vecinos han pedido desde entonces ayuda al Ayuntamiento y recogido firmas en colaboración con el colegio Pla Barraques, que está a menos de 100 metros del inmueble, sin que sus peticiones hayan tenido éxito. En la denuncia explican que antes de proceder judicialmente han intentado de forma reiterada que Telefónica desconectara la antena y procediera a su desmontaje.
Ahora, los residentes han decidido llevar el tema hasta los tribunales, ya que advierten que Telefónica «no ha cumplido con su parte y continúa utilizando la antena de telefonía en la azotea de la comunidad». Además de solicitar por vía judicial la rescisión del contrato y la retirada de la antena, la Comunidad de Propietarios pide al juez como medida cautelar el corte del suministro eléctrico para evitar que la antena siga funcionando en el edificio. Del mismo modo reclama que el juez condene a la mercantil a realizar y pagar las obras necesarias para devolver a su estado original la azotea del edificio, así como reclama cobrar todos los meses que la mercantil ha estado utilizando la antena desde que finalizó el contrato de arrendamiento el 1 de septiembre de 2006.
Este caso ha provocado una movilización de los vecinos y también de los padres del colegio. La Ampa del Pla Barraques y los residentes de Puerta Grande cuentan con el respaldo de los padres de los colegios Fabraquer y Altamira, de la Gestora de Asociaciones de Vecinos y de EU, que han reclamado al Ayuntamiento la creación de una ordenanza que aleje las antenas de telefonía de los centros educativos y sanitarios y las saque del casco urbano.
Con una campaña contra estas antenas los vecinos y las Ampa recogieron más de 2.400 firmas. Además, los residentes de Puerta Grande, edificio que está situado frente al Pla Barraques y muy cerca del IES Enric Valor, en la avenida Ausias March, se muestran muy preocupados porque desde que se instaló la antena en 1996 han aparecido entre los vecinos al menos nueve casos de cáncer.
Desde el Ayuntamiento se ha rechazado crear una ordenanza, ya que afirman que regular este tema es una competencia estatal y recuerdan que no hay pruebas que demuestren que son perjudiciales. Del mismo modo el Consistorio ha firmado un convenio de buenas prácticas con las operadoras para crear una comisión de seguimiento e intermediación para los conflictos.
miércoles, 12 de septiembre de 2007
La cuna de la Democracia y el poder económico
COMUNICACIONES-GRECIA:Experimento masivo de biología Por Apostolis Fotiadis
ATENAS, sep (IPS) - El pequeño aparato negro que Panagiotis Vovos sostiene en la mano puede medir el voltaje de las antenas de transmisión de una red de telefonía móvil y detecta hasta siete voltios por metro.